El gobierno de la
República Dominicana se lleva a cabo en un marco de una democracia
representativa, mediante la cual el Presidente de la República
Dominicana es a la vez Jefe de Estado y jefe de gobierno, y de un sistema
multipartidista. El poder ejecutivo es ejercido por el gobierno.
El poder legislativo reside en las dos cámaras del Congreso
Nacional, que está conformado por dos cámaras legislativas: El Senado, que
es el ente de representación territorial, cuenta con 32 escaños, uno por cada
una de las treinta y una provincias y otro en representación
del Distrito Nacional; y la Cámara de Diputados, con 178 escaños.
El Poder judicial es independiente del poder ejecutivo y legislativo.
La elecciones
Congresuales, municipales y presidenciales se celebran cada cuatro años,
aunque, de acuerdo con la disposición transitoria decimosegunda de la
Constitución del 2010, fines de unificar las elecciones en un sólo día (pues
con anterioridad las presidenciales se encontraban separadas de las demás por
un periodo de dos años), las autoridades municipales y legislativas electas en
el 2010 permanecerán en sus cargos extraordinariamente hasta el 2016.
Bajo las reformas
constitucionales establecidas luego de las elecciones de 1994, los 16
miembros de la Suprema Corte de Justicia son nombrados por el Consejo
Nacional de la Magistratura, conformado de acuerdo al art. 178 de la
Constitución. La Suprema Corte de Justicia, cuyas funciones están establecidas
en el art. 154 de la Carta Magna, tiene jurisdicción exclusiva sobre acciones
penales contra el Presidente de la República, miembros de su Gabinete de
Gobierno y sobre los legisladores, además de conocer el recurso de Casación
sobre las decisiones jurisdiccionales en única o última instancia.
Al mando de cada una de
las 31 provincias está, en representación del Gobierno, un gobernador
provincial, nombrado por el Presidente. Síndicos elegidos por votación popular
administran el Distrito Nacional y los Municipios y Distritos Municipales de
todo el país.